Ecuador propone que la IA apoye, pero no decida, en los tribunales
El proyecto exige declarar la herramienta utilizada, contrastar sus resultados y conservar la valoración humana de pruebas y sentencias. Su debilidad está en otra parte: formación, auditoría técnica y recursos quedan poco definidos.
Una iniciativa presentada el 18 de junio en la Asamblea Nacional de Ecuador busca poner una frontera concreta al uso de inteligencia artificial en la justicia: puede ayudar a organizar expedientes y analizar documentos, pero no valorar pruebas, motivar sentencias ni ejercer potestad jurisdiccional.
La distinción más importante es su estado. El texto fue presentado por la asambleísta Mónica Salazar y aparece en el portal legislativo; no es una ley vigente. En la ficha pública consultada para este artículo, los campos de informe técnico y calificación del Consejo de Administración Legislativa no muestran documentos. Sus obligaciones solo existirían si completa el trámite y se publica en el Registro Oficial.
Una regla sencilla: quien usa la herramienta sigue respondiendo
El proyecto incorpora siete principios al Código Orgánico de la Función Judicial: control humano, transparencia, responsabilidad, no sustitución del razonamiento judicial, verificación de información, protección de derechos y prevención de sesgos. No crea una personalidad jurídica para la máquina ni traslada responsabilidad al proveedor: atribuye la actuación a la persona servidora o profesional que la utiliza.
Para jueces, fiscales y personal judicial, la IA quedaría limitada a gestión procesal, análisis documental y organización de información. La veracidad, pertinencia y legalidad de cada resultado tendría que comprobarse antes de usarlo. Es un enfoque más práctico que exigir una explicación abstracta del modelo: pregunta quién verificó un dato y quién firma la decisión.
Qué cambiaría dentro de un proceso
Las cuatro reglas centrales, si la Asamblea las aprueba.
01Dejar constancia+
La actuación debería identificar herramienta, finalidad y alcance de la asistencia. Decir solo “se usó IA” no bastaría.
02Verificar antes de incorporar+
Personal judicial y abogados tendrían el deber de contrastar veracidad, pertinencia y actualidad. Inventar una cita con software no reduciría la responsabilidad profesional.
03Pedir sustento+
Ante indicios razonables de contenido generado y no validado, el juez podría pedir a las partes aclaración, verificación o fuentes.
04Aplicar responsabilidad existente+
El uso indebido podría constituir falta grave para servidores, y presentar información no verificada que induzca a error se añadiría a las prohibiciones de la abogacía.
Transparencia útil, siempre que revele lo necesario
Registrar herramienta, propósito y alcance permitiría a las partes conocer una intervención tecnológica que de otro modo quedaría invisible. También facilitaría reconstruir errores: no es igual usar un asistente para corregir redacción que para buscar precedentes o resumir una prueba.
La constancia debería acompañarse de registros protegidos, reglas sobre datos que nunca pueden salir del sistema judicial y procedimientos para impugnar. El proyecto remite a la Ley de Protección de Datos Personales, pero no define requisitos técnicos de seguridad, conservación, contratación o auditoría de proveedores. Esa capa tendría que resolverse en normativa secundaria.
La capacitación aparece como posibilidad, no como garantía
La Escuela de la Función Judicial “podrá” promover formación conforme a disponibilidad presupuestaria. La redacción deja una tensión: verificar información y prevenir sesgos serían deberes, mientras el acceso a capacidades para cumplirlos quedaría condicionado.
Una implementación seria necesitaría formación obligatoria según el riesgo de cada uso, herramientas autorizadas, pruebas de competencia y apoyo técnico independiente. Verificar una fecha inventada es sencillo; evaluar si un resumen omite sistemáticamente testimonios o si una clasificación perjudica a cierto grupo requiere datos, método y perfiles especializados.
El estándar internacional es más amplio que declarar el uso
Las directrices de UNESCO para tribunales reúnen quince principios y tratan la IA como asistencia, no sustitución. Además de supervisión y transparencia, incorporan independencia judicial, derechos humanos, rendición de cuentas y gobernanza con múltiples actores. Esa comparación muestra que dejar constancia en el expediente es necesaria, pero no suficiente.
UNESCO informa también una brecha operativa global: en su encuesta, 44 % de los operadores judiciales consultados usaba herramientas como ChatGPT para el trabajo, pero solo 9 % contaba con formación o directrices institucionales. No es una medición de Ecuador; sirve para mostrar por qué una obligación de verificar necesita inventario, herramientas autorizadas y capacitación financiada antes de convertirse en práctica confiable.
Una buena frontera legal necesita operación
El proyecto acierta al no presentar la IA como juez ni como excusa. La persona conserva el deber de motivar, comprobar y responder. También incluye a abogados, porque una falsedad generada fuera del tribunal puede contaminar el expediente tanto como una herramienta utilizada dentro.
Si avanza, el debate debería precisar qué usos son admisibles, cómo se protegen expedientes, qué evidencia conserva cada usuario y quién audita los sistemas. El plazo propuesto de noventa días para regulación secundaria sería corto para construir esa arquitectura desde cero. La prohibición de reemplazar el juicio humano es el comienzo; la trazabilidad que permite demostrarlo será la verdadera norma.
Supervisión humana solo cuenta si puede cambiar el resultado
- Qué significa
- La supervisión es significativa cuando la persona dispone de tiempo, competencia, información y autoridad para cuestionar la salida. Firmar después o aceptar sistemáticamente es una formalidad, no un control.
- Cómo aplica aquí
- El proyecto preserva responsabilidad judicial y exige declarar el uso. Falta traducir ese principio a acceso de las partes, conservación del proceso, examen contradictorio y criterios para descartar una recomendación.
- La medida decisiva
- Casos en que la salida fue aceptada, modificada o rechazada; motivo; tiempo de revisión; información entregada a las partes; recurso disponible; y diferencias por materia, territorio y grupo afectado.
Pregunta de control: ¿se puede contradecir a la herramienta?+
Las partes necesitan conocer qué función cumplió, qué información influyó y cómo impugnar un error. Revelar únicamente que “se usó IA” no permite ejercer contradicción ni revisar proporcionalidad.
Qué permite afirmar la evidencia
La iniciativa ecuatoriana propone control humano, verificación y declaración de uso de IA dentro de actuaciones judiciales. Es una propuesta legislativa: ayuda a identificar una frontera normativa, pero todavía no crea obligaciones vigentes ni resuelve cómo se auditarían.
Sí está respaldado
El texto presentado limita la IA a funciones de apoyo y mantiene en personas la valoración de prueba, motivación y potestad jurisdiccional.
Base: Proyecto íntegro y resumen oficial de la Asamblea Nacional
La propuesta exige informar la plataforma y fase de uso, además de verificar la información antes de incorporarla a una actuación.
Base: Articulado presentado y ficha de trámite
Aún no está demostrado
- Presentación no equivale a calificación, debate, aprobación, sanción ni entrada en vigor; el texto puede cambiar o archivarse.
- Declarar el uso no garantiza explicabilidad, acceso de las partes, preservación de prompts, evaluación de sesgos ni un recurso efectivo.
Tres señales que pueden cambiar la evaluación
Seguimiento, no predicción- 01
Avance legislativo
Calificación, comisión competente, informe, debates, votaciones y cambios de redacción con fecha verificable.
- 02
Expediente de uso de IA
Qué registro conservar, quién puede verlo, cómo se impugna y qué ocurre con datos personales o reservados.
- 03
Capacidad de control
Formación obligatoria, inventario de sistemas, auditoría, autoridad responsable y consecuencias ante incumplimientos.